Los servicios jurídicos de la Unión General de Trabajadores de Asturias han llevado el primer caso conocido en la comunidad autónoma que, en virtud de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, reconoce a dos trabajadores de la empresa privada con contrato de obra y servicio, el derecho a percibir una indemnización por despido de 20 días por año trabajado.

La sentencia, dictada por el Juzgado Social número 1 de Avilés, es una consecuencia práctica de la doctrina del Tribunal de Justicia Europeo, aunque cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Asturias.

El fallo considera que “si bien los trabajadores demandantes no habían suscrito un contrato de interinidad, como en el caso de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión, sí que habían suscrito otro tipo de contrato temporal, por obra, cuyas consecuencias en materia de extinción, como se ha analizado, difieren de las habidas para con los trabajadores con contrato indefinido en supuestos iguales, lo cual se opone a la directiva 1999/70/CE” y continúa señalando que “Así pues siendo la directiva 1999/70 directamente aplicable, tal y como ha reconocido el Tribunal Supremo en sentencia de Pleno 8-6-2016, nº 497/2016, rec. 207/2015, y habiendo efectuado el Tribunal Europeo la interpretación que se ha transcrito del precepto citado, se ha de estar a la misma y concluir que no se puede discriminar a los actores en cuanto a la indemnización por la extinción en la relación laboral como consecuencia del tipo de contrato suscrito y, por consiguiente, tienen derecho a igual indemnización que la que correspondería a un trabajador fijo comprable de extinguirse su contrato por otra causa objetiva, procediendo fijar la indemnización sobre los parámetros de antigüedad y salario ya sentados en el proceso anterior, a razón de 20 días por año de servicio, que arroja un total de…

La Comisión Ejecutiva de la Unión General de Trabadores de Asturias manifiesta su satisfacción por esta sentencia aunque, paralelamente, recomienda cautela dado que aún queda por saber lo que al respecto de esta doctrina va a resolver el Tribunal Supremo y, en este caso concreto, el Superior de Justicia de Asturias.

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