Los servicios jurídicos de UGT han presentado cinco demandas ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo por la condena penal impuesta a cinco sindicalistas de MCA UGT en ArcelorMittal que fueron condenados por el Juzgado de lo Penal nº 1 de Gijón y por la Audiencia Provincial de Asturias en aplicación del artículo 315.3 del Código Penal durante el desarrollo de la Huelga General del 29 de marzo de 2012.

El Tribunal Constitucional inadmitió los recursos de amparo interpuestos en su día, lo que ha permitido, una vez agotada la vía interna, acudir ante la instancia del Consejo de Europa que vela por el cumplimiento del Convenio Europeo de Derechos Humanos suscrito en Roma en 1950.

La Unión General de Trabajadores considera injusta y desproporcionada la condena impuesta por los tribunales españoles a los cinco sindicalistas de ArcelorMittal, por su participación en un piquete informativo durante la Huelga General de 29 M, en el ejercicio del derecho de huelga, así como los de información, libertad de expresión y libertad sindical.

Esta condena se suma a otras en las que se criminaliza la protesta sindical en nuestro país, bajo el amparo de un precepto del Código Penal que todos los grupos políticos representados en el Parlamento español, a excepción del Partido Popular, abogan por derogar. La UGT considera que estas sentencias vulneran los derechos fundamentales de la actividad sindical.

Cabe recordar que también han sido condenados “por falso testimonio” a prisión otros 4 trabajadores de ArcelorMittal Gijón que acudieron como testigos en este proceso judicial, sentencia condenatoria que va a ser recurrida por el Sindicato ante el Tribunal Constitucional.

UGT confía que la sensibilidad del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en la defensa estos derechos cuyo respeto determinan la calificación de una sociedad como plural y democrática, y que además de corregir el pronunciamiento judicial del que han sido víctimas estos compañeros, sirva para cuestionar el vigente Código Penal en la interpretación indebida y desproporcionada que llevan a cabo algunos órganos jurisdiccionales y en definitiva coadyuve a la derogación del artículo 315.3 del vigente Código Penal.

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